Anexo de Retenciones en la Fuente Bajo Relación de Dependencia (RDEP)
¿Cuál es el detalle de esta obligación?
A partir del ejercicio fiscal 2005, las sociedades públicas o privadas, al igual que las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y los empleadores, en su calidad de agentes de retención, deben de presentar al Servicio de Rentas Internas en medio magnético la información relativa a las retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta realizadas por ellos, en el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
Plazos
Durante enero según el noveno dígito del RUC.
Declaración mensual de IVA
Todas las personas y sociedades que presten servicios y/o realicen transferencias o importaciones de bienes, deben pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Los sujetos pasivos inscritos en el régimen general, declararán el IVA de las operaciones de manera mensual dentro del mes siguiente de realizadas.
‘- Contribuyentes especiales hasta el día 11
– Sector público hasta el día 20
– Contribuyentes domiciliados en Galápagos hasta el día 28
– Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10.
Además tenemos las olbligaciones que se presentan mes a mes y son:
- Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas – OPR.
- Declaración Formulario Impuesto a la Salida de Divisas.
- Anexo ICE mensual.
- Anexo Transaccional Simplificado.
- Declaración mensual de ICE.