Obligaciones Tributarias y Empresariales – Diciembre 2025

Conoce las obligaciones tributarias y empresariales que se deben cumplir durante el mes de Diciembre - 2025

Décimo Tercer Sueldo (DTS)

¿Qué es el DTS?

Corresponde a la doceava parte de la remuneración anual del trabajador, recibida entre el

1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año actual. Es una remuneración

que todo trabajador con relación de dependencia tiene derecho a recibir.

¿Quiénes reciben este beneficio?

– Trabajadores bajo relación de dependencia del sector público y privado.

– También aplica para jubilados y pensionistas.

– NO aplica para trabajadores autónomos sin relación de dependencia ni para quienes no tienen contrato formal.

Consideraciones

– El décimo tercer sueldo equivale a la doceava parte (1/12) de las remuneraciones

totales que el trabajador haya recibido durante el año laboral comprendido para el cálculo.

– El periodo que se consideran las remuneraciones va del 1 de diciembre del año anterior hasta el 30 de noviembre del año actual.

– Se incluyen para el cálculo: sueldo base, horas extras, comisiones, bonificaciones y otros ingresos gravables al IESS.

– NO SE INCLUYE: utilidades, viáticos ocasionales, vacaciones, décimo cuarto

sueldo y los ingresos percibidos que no hayan sido reportados al IESS.

– El DTS será proporcional al tiempo laborado del trabajador si lleva menos de un año en la empresa.

Fórmula:

Plazo para el pago

– De acuerdo con el Código de Trabajo, el décimo tercer sueldo debe pagarse hasta el 24 de diciembre de cada año.

– Este año se aplicó una medida especial en el sector público, el Gobierno autorizó el pago adelantado hasta el 14 de noviembre de este beneficio (comprendido en el mismo periodo de cálculo)

Exclusiones

Este beneficio no forma parte de la remuneración anual para algunos efectos legales, no se usa para calcular aportes al IESS, indemnizaciones, fondo de reserva, jubilación ni impuesto a la renta del trabajador.

BASE LEGAL:

– Código del Trabajo, Artículo 95 y 111

– Acuerdo Ministerial 0087

– Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.

Inventario Físico

¿Por qué es obligatorio al cierre de año?

 

El inventario físico anual es un requisito esencial para empresas que manejan mercancías, producción, materia prima o productos terminados. Es parte del control interno y las bases para el cumplimiento tributario.

¿Por qué es importante realizarlo en diciembre?

– Obligación para el cierre contable: respalda los saldos y afecta directamente los costos del periodo.

– Evita diferencias entre Kardex y contabilidad: Los descuadres generan provisiones, ajustes y observaciones de auditoría.

– Base para el cálculo del costo de ventas anual: un inventario mal levantado afecta utilidades, impuestos y estados financieros.

– Control de pérdidas, robos o merma: el conteo físico revela diferencias operativas que deben corregirse.

– Requerimiento por auditorías internas y externas: un inventario actualizado demuestra orden y control.

Además tenemos las olbligaciones que se presentan mes a mes y son:

  • Anexo Transaccional Simplificado.
  • Declaración mensual de ICE.
  • Declaración mensual del IVA

Cumple con tus obligaciones sin contratiempos.

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