Retenciones en la Fuente para Personas Jurídicas
¿Qué son las retenciones en la fuente?
Son mecanismos de recaudación anticipada del impuesto a la renta o IVA. Las personas jurídicas que pagan ciertos servicios o rentas deben retener un porcentaje del monto pagado y entregarlo al SRI.
¿Quiénes están obligados a retener?
Las personas jurídicas (empresas) que realicen pagos por:
- Servicios profesionales
- Arrendamientos
- Compra de bienes
- Comisiones, intereses, entre otros
Estas empresas actúan como agentes de retención, según lo establecido en la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI).
¿Cuándo se debe realizar la retención?
La retención se debe hacer en el momento en que se paga o se registra la obligación de pago
Comprobante de retención
Las empresas deben emitir un comprobante de retención al beneficiario del pago. Este documento sirve como respaldo para que el receptor del ingreso use la retención como crédito tributario.
Crédito tributario
El monto retenido puede usarse como crédito tributario en la declaración del impuesto a la renta.
Si el valor retenido supera el impuesto a pagar, el excedente puede:
- Compensarse en años siguientes
- En ciertos casos, solicitarse su devolución
Retenciones en pagos al exterior
Aplica a pagos por servicios, intereses, regalías, consultorías, etc.
Se deben aplicar las tasas de retención establecidas y verificar si existe un convenio para evitar la doble tributación que reduzca o elimine la retención.
Obligaciones del agente de retención
- Realizar la retención correspondiente
- Emitir comprobantes
- Declarar y pagar mensualmente al SRI
- Mantener registros por el tiempo que exige la ley
Sanciones por incumplimiento
El no realizar, declarar o pagar las retenciones puede generar:
- Multas
- Intereses por mora
BASE LEGAL:
- Impuesto a la Renta: Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
- Impuesto a la Renta: Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario.
Cálculo y pago del Décimo Cuarto Sueldo
¿Cuál es el detalle de esta obligación?
El décimo cuarto sueldo es una remuneración adicional que se paga a los trabajadores en relación de dependencia. Este pago se considera un «bono escolar» porque tradicionalmente se utiliza para cubrir los gastos relacionados con el inicio del año lectivo, aunque puede destinarse a otros fines.
¿Qué información se incluye en el cálculo del décimo cuarto?
El décimo cuarto sueldo es un beneficio adicional para trabajadores en relación de dependencia, equivalente a un salario básico unificado.
En 2025, el salario básico unificado es de USD 470.
Se calcula dividiendo el salario básico unificado por 12, que representa la doceava parte del sueldo.
Este valor puede ser mensualizado o pagado en una sola ocasión, según la preferencia del trabajador y la normativa legal.
Plazos:
Costa y Galápagos:
El pago se realiza hasta el 15 de marzo, considerando el período laborado entre el 1 de marzo del año anterior y el 28 de febrero del año en curso.
Sierra y Amazonía:
El pago se realiza hasta el 15 de agosto, considerando el período laborado entre el 1 de agosto del año anterior y el 31 de julio del año en curso.
BASE LEGAL:
Artículo 113 del Código del Trabajo. Igual disposiciones contienen los artículos 97 y 98 de la LOSEP, publicada en Registro Oficial Suplemento 294 de 6 de octubre del 2010
Acuerdo N° 780, R.O. N° 143 de 17-12-1981: y Acuerdo N° 291 de 12-03-2004.
Además tenemos las olbligaciones que se presentan mes a mes y son:
- Declaración mensual IVA.
- Anexo Transaccional Simplificado.
- Declaración mensual de ICE.